Lo hizo en el documento sobre el derecho a la protesta y el uso de la fuerza pública, que firmaron el Comité Provincial de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles e Inhumanos o Degradantes (CPT Salta), el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura y el Consejo Federal de Mecanismos Locales de Prevención de la Tortura.

El Comité también puso un teléfono de guardia a disposición de la comunidad y advirtió, con motivo de la promulgación del “Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación, del Ministerio de Seguridad de la Nación”,

– Que el derecho a la protesta surge de la Constitución Nacional (art. 14) y los tratados internacionales de derechos humanos que ha ratificado la República Argentina, de jerarquía constitucional;

– Que el Protocolo desconoce este derecho, avanzando sobre facultades de los poderes Legislativo y Judicial, al definir el alcance del tipo penal previsto en el artículo 194 del Código Penal de la Nación y autorizar la detención de personas sin orden judicial.

– Que avanza sobre las competencias de las autoridades provinciales, desnaturalizando las condiciones fijadas en la Ley de Seguridad Interior para la intervención de fuerzas de seguridad federales en sus territorios.

– La interrupción del tránsito de vehículos o peatones o de las actividades diarias es un medio necesario para ejercer el derecho a la protesta y no habilita el uso de la fuerza por parte de los agentes públicos.

– Que cualquier directiva a las fuerzas de seguridad que intervienen en situaciones de protesta social debe prohibir taxativamente la portación de armas letales y munición de plomo por parte de los funcionarios que pudieran entrar en contacto con los manifestantes, así como el uso de gases lacrimógenos y camiones hidrantes por sus efectos indiscriminados.

– Que las disposiciones sobre identificación y registro de manifestantes y organizaciones colisionan con las prohibiciones establecidas en la Ley de Inteligencia Nacional.

Tal como se viene efectuando desde su constitución, el CPT Salta asistirá a las diferentes movilizaciones que se realicen en la provincia a fin de monitorear el uso de la fuerza pública en ocasión de protestas sociales, prevenir casos de tortura, malos tratos, detenciones arbitrarias u otras formas de violencia institucional, y favorecer las actuaciones tempranas del organismo.

El teléfono a disposición de la comunidad con guardia permanente, es el 387-2286782