Por Martín van Dam

Es que las quiebras en Salta crecen impulsadas por el sobreendeudamiento de trabajadores. Según datos oficiales, durante todo 2025 los dos juzgados de Concursos y Quiebras del Distrito Judicial Centro tramitaron 290 causas. Sin embargo, hasta el 31 de mayo de 2026 ya se habían iniciado 207 expedientes, por lo que, de mantenerse la tendencia actual, la cifra del año pasado será ampliamente superada.

Detrás de estos números aparece un dato que desafía la imagen tradicional de una quiebra: el 98% de los casos corresponde a personas físicas y apenas el 2% a personas jurídicas.

La tendencia viene consolidándose en los últimos años. En 2024, por ejemplo, ambos juzgados habían recibido 119 causas, a las que se sumaron otras 35 remitidas desde distintos tribunales.

 

Una crisis de trabajadores sobreendeudados

En agosto de 2025, la jueza Victoria Ambrosini, titular del Juzgado de Primera Instancia de Concursos, Quiebras y Sociedades de Segunda Nominación de Salta, ya advertía sobre este fenómeno.

En una charla ante la Federación Argentina de la magistratura explicó que quienes llegan a los tribunales en busca de una salida a su insolvencia no son empresarios ni comerciantes, sino trabajadores en relación de dependencia que agotaron todas las alternativas para afrontar sus deudas.

La magistrada sostuvo que alrededor del 90% de los expedientes presentan una dinámica similar. El proceso suele comenzar con consumos financiados mediante tarjetas de crédito. Cuando la deuda se vuelve difícil de sostener, el consumidor toma préstamos personales para cancelar los saldos pendientes. Luego solicita nuevos créditos para afrontar los anteriores y así entra en una espiral de endeudamiento que termina comprometiendo gran parte de sus ingresos.

A diferencia de un embargo judicial, muchas de estas cuotas son descontadas directamente del salario mediante autorizaciones firmadas por el propio trabajador. Como resultado, algunos deudores llegan a percibir apenas una fracción de su sueldo o incluso dejan de cobrarlo por completo.

De acuerdo con Ambrosini, entre los casos más frecuentes aparecen policías de la provincia, docentes, empleados judiciales y trabajadores del Ministerio Público. Todos comparten características similares: empleo formal, ausencia de bienes registrables y salarios completamente comprometidos por las deudas.

 

Una ley pensada para empresas que hoy utilizan los consumidores

La Ley Nacional de Concursos y Quiebras fue sancionada en 1995 con el objetivo de resolver situaciones de insolvencia empresarial y comercial. Sin embargo, en la práctica se ha convertido en la única herramienta disponible para miles de consumidores sobreendeudados.

Cuando una persona obtiene la declaración de quiebra, el juzgado ordena el cese de las retenciones que venían realizándose sobre su salario. Los acreedores deben presentarse entonces en el proceso judicial para verificar sus créditos y dejan de cobrar directamente de los haberes del deudor.

Según explicó la jueza, este mecanismo permite que quienes llegaban a cobrar una porción mínima de su salario recuperen de inmediato buena parte de sus ingresos. Durante el período de inhabilitación, que generalmente dura un año, el tribunal retiene un porcentaje del sueldo para distribuir entre los acreedores.

El análisis de los expedientes también revela otro aspecto relevante: las deudas no suelen estar asociadas a gastos extraordinarios o consumos suntuarios. Por el contrario, predominan compras vinculadas a necesidades básicas como alimentos, medicamentos, indumentaria o gastos cotidianos del hogar.

Por esa razón, Ambrosini sostiene que la mayoría de los casos involucra a consumidores de buena fe que quedaron atrapados en una dinámica de endeudamiento creciente y que requieren una respuesta legal específica.

La magistrada considera necesaria una reforma legislativa que incorpore un procedimiento más simple, rápido y económico para los consumidores sobreendeudados, ya sea mediante modificaciones a la Ley de Quiebras o a través de la legislación de defensa del consumidor.

 

Morosidad en aumento

Los datos judiciales encuentran respaldo en los indicadores del sistema financiero.

Según un informe de la consultora Analytica elaborado sobre la base de información de la Central de Deudores del Banco Central, la mora tardía —es decir, los incumplimientos superiores a 90 días— alcanzó en abril al 26,9% de los 19,8 millones de deudores registrados en el sistema financiero argentino. Esto equivale a aproximadamente 5,3 millones de personas.

Entre quienes mantienen deudas exclusivamente con bancos, la mora tardía alcanza al 19,2%. En cambio, entre quienes están endeudados únicamente con fintechs —billeteras virtuales y otras empresas financieras digitales— el porcentaje asciende al 28,9%.

El estudio también muestra que las provincias del norte argentino presentan niveles de morosidad superiores a los observados en el centro y sur del país.

En Salta, la tasa de mora tardía alcanza al 30% de los deudores, ubicándose por encima del promedio nacional y reflejando las dificultades que enfrenta una parte creciente de la población para sostener sus compromisos financieros.

Fuente: Ciudadana Comunicación